Sujetos alcanzados
- ¿Quiénes pueden adherir al Régimen de Regularización de Activos?
- ¿Se puede adherir al régimen si el sujeto no está inscripto como contribuyente ante la AFIP?
- Si antes del 31 de diciembre de 2023 era residente fiscal en Argentina, pero a dicha fecha perdió esa condición, ¿puede el sujeto adherir al Régimen de Regularización de Activos?
- ¿En qué casos se produce la pérdida de la residencia fiscal?
- ¿Los funcionarios públicos pueden acceder al régimen de regularización de activos?
- ¿Pueden regularizar bienes los familiares de los funcionarios públicos excluidos del régimen?
- ¿Qué otros sujetos quedan excluidos del régimen?
- En un contrato de depósito ¿quién debería exteriorizar el bien dado en guarda, el depositante o el depositario?
- ¿Se puede desistir de la adhesión al Régimen de Regularización de Activos, o solo se debe esperar el decaimiento automático según el Art. 30° de la Ley 27.743?
- Si un contribuyente exterioriza dólares en una cuenta CERA, ¿puede realizar el pago en pesos del impuesto especial de regularización por el resto de bienes regularizados?
- Una escritura de inmueble que expresa su valor en dólares y su conversión en pesos a efectos fiscales ¿cumple el requisito de estar “medidos o expresados en moneda nacional” para pagar el impuesto especial en pesos?
- En caso de regularizar un inmueble en el país valuado en pesos, conjuntamente con un automóvil de fabricación nacional, siendo que estos últimos no poseen un inciso propio y por ende tienen que encuadrarse dentro de Otros Bienes, ¿es posible cancelar el impuesto especial en pesos?