¿Cómo se acreditan los fondos?
Para acreditar fondos a través de Transferencia Bancaria Internacional (TBI), se deberán tener en cuenta las pautas que se detallan a continuación:
- Establecer contacto con la entidad bancaria en la Argentina, a fin de acordar la prestación del servicio, las condiciones comerciales y sus respectivos costos. Además deberá tomar conocimiento de los plazos de acreditación de la operatoria bancaria internacional, días y horarios de prestación del servicio.
- Confeccionar la Orden de Transferencia, informando:
- Moneda: Dólares Estadounidenses
- Beneficiarios: ARCA
- Campo 70 del Mensaje Swift MT 103: Insertar la leyenda “RRA27743” y la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), Código Único de Identificación Laboral (CUIL) o Clave de Identificación (CDI) del interesado, con el fin de la correcta identificación de la operación por parte del banco receptor.
- Cuenta Destinataria de los fondos: la que informe la entidad bancaria local que va a recibir los fondos de la TBI
- Importe: Al importe del VEP que deberá cancelar la entidad bancaria, se le deben adicionar todos los gastos y comisiones bancarias.
- Generación del VEP: desde el Portal del Régimen de Regularización de Activos, seleccionar la opción Transferencia Bancaria Internacional e identificar el banco receptor. Tener en cuenta las fechas de vencimiento para cada concepto y etapa del Régimen de Regularización de Activos.
- Comunicación al banco del VEP a cancelar: deberá proporcionar datos como número de VEP, CUIT, CUIL o CDI. Además, debe asegurar su cancelación antes del vencimiento del VEP generado.
- Verificación de la acreditación: el contribuyente debe confirmar la acreditación en la entidad bancaria argentina.
- El Banco efectivizará el pago del VEP.
- Confirmación del Pago: El contribuyente es responsable de verificar que el VEP ha sido pagado desde el servicio Portal del Régimen de Regularización de Activos
Datos a tener en cuenta
- A fin de considerar el efectivo ingreso de los fondos, se tomará la de inicio de la última Transferencia Bancaria Internacional (TBI) efectuada desde la entidad financiera del país de origen de los fondos o la de su enmienda, en tanto ésta última integre el saldo total para la cancelación de las citadas obligaciones.
- Los gastos y comisiones serán responsabilidad del contribuyente.
- Los fondos deben ser suficientes, considerando los gastos y comisiones.
- Todas las operaciones relacionadas con el VEP se regirán por el horario de Argentina.
- El pago por transferencia bancaria internacional puede demorar hasta 20 días en verse reflejado en el servicio "Portal del Régimen de Regularización de Activos". Si el contribuyente opta por adherirse al REIBP por los bienes regularizados, primero deberá presentar la declaración jurada de regularización (F.3321) y luego la declaración jurada de REIBP (F.3341). Para ello, es importante considerar las fechas de vencimiento y los plazos de rendición a ARCA de los pagos.