¿Quiénes son los sujetos alcanzados?
Se trata de un régimen con carácter permanente y podrá ser solicitado por todas aquellas personas que se encuentren o no adheridas como autónomo, con excepción de los trámites de pensiones y retiro transitorio por invalidez, ya que para estas dos prestaciones es condición indispensable que se encuentren adheridas al momento del fallecimiento, en el caso de pensiones, o al momento de solicitar el beneficio, en el caso de retiros transitorios por invalidez.
¿Qué obligaciones pueden incluirse?
Podrás incluir los aportes personales, devengados hasta septiembre de 1993. Los períodos anteriores a la fecha en la que cumpliste 18 años no son computables.