Versión 42.1

  • Decreto 300/2020
    Tratamiento diferencial para empleadores del sector salud

    A fin de apoyar especialmente a aquellos sectores involucrados en la lucha contra la pandemia, los empleadores pertenecientes a los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con el sector salud pueden aplicar al beneficio de reducción de alícuota de contribuciones patronales para los períodos marzo, abril y mayo de 2020.

    Para poder acceder a dicho beneficio, los empleadores deberán poseer registrada ante AFIP, al 21 de marzo, alguna de las siguientes actividades:

    Código Descripción
    651 Únicamente 651310 (obras sociales) y 651110 (servicios de seguros de salud -incluye medicina prepaga y mutuales de salud-)
    861 Servicios de hospitales
    862 Servicios de atención ambulatoria realizados por médicos y odontólogos
    863 Servicios de prácticas de diagnóstico y tratamiento, servicios integrados de consultas, diagnóstico y tratamiento
    864 Servicios de emergencias y traslados
    869 Servicios relacionados con la salud humana n.c.p.
    870 Servicios sociales con alojamiento
    880 Servicios sociales sin alojamiento
    949 Únicamente 949990 (servicios de asociaciones n.c.p.)

    Los empleadores pertenecientes a los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud que con posterioridad al 21 de marzo inicien o modifiquen su actividad y registren alguna de las listadas anteriormente podrán computar el beneficio a partir de la fecha en la que declaren dicha actividad.

    A los efectos de computarse la mencionada reducción, los/as empleadores/as deberán utilizar en las declaraciones juradas de seguridad social para los trabajadores de la salud alcanzados/as alguno de los siguientes códigos de actividad:

    - Código de actividad “127 – Actividades no clasificadas – Sector de Salud Dcto. 300/2020”.

    - Código de actividad “128 – Ley N° 15223 con obra social – Sector de Salud Dcto. 300/2020”.

    Las empresas alcanzadas por el Decreto 688/2019, según la Resolución General 4609/2019 deberán continuar utilizando alguno de los siguientes códigos:

    - Código de actividad “125 – Actividades no clasificadas – - Detracción ampliada - Dcto 688/2019".

    - Código de actividad “126 – Ley Nº 15.223 con obra social - Detracción ampliada - Dcto 688/2019".

A continuación, se detallan los puestos de trabajo respecto de los cuales corresponde consignar alguno de los códigos de actividad mencionados anteriormente:

CATEGORIA PROFESIONAL
Acompañante terapéutico Instrumentador quirúrgico
Agente sanitario Kinesiólogo
Asistente Dental Licenciado en Obstetricia
Auxiliar Acompañante Terapéutico Licenciado en enfermería
Auxiliar agente sanitario Licenciado en instrumentación quirúrgica
Auxiliar de Anestesia Licenciado en producción de bioimágenes
Auxiliar de bromatología Licenciado en prótesis y órtesis
Auxiliar de cirugía Licenciado en radiología
Auxiliar de cirugía Licenciado en radiología
Auxiliar de diálisis Médico
Auxiliar de esterilización Microbiólogo
Auxiliar de Familia Especializado en Cuidado de Personas Mucamas de Cirugía, de Pisos y Consultorio Externo
Auxiliar de Familia Especializado en Cuidado de Personas con Discapacidad Musicoterapeuta
Auxiliar de farmacia Nutricionista
Auxiliar de fonoaudiología Odontólogo
Auxiliar de hemoterapia Operador Socio-Comunitario Especializado en Atención de las Adicciones
Auxiliar de laboratorio Personal de unidades móviles de traslados
Auxiliar de radiología Personal especializado de terapia intensiva
Auxiliar dietista Profesional de análisis clínicos
Auxiliar emergencia médica Profesional de Auditoría Médica
Auxiliar en electrocardiografía Profesional del Arte de Curar de Planta
Auxiliar en electroencefalografía Profesional de la salud
Auxiliar en enfermería Profesor en educación especial
Auxiliar en geriatría Psicólogo
Auxiliar en patología Psicomotricista
Auxiliar de la salud Socorrista
Ayudante de la salud Técnico administración en salud
Bacteriólogo Técnico de laboratorio
Biólogo Técnico diálisis
Bioquímico Técnico en alimentos
Biotecnólogo Técnico en anestesia
Cabo de Cirugía Técnico en citología
Camillero Técnico en emergencia médica
Chofer que acredite formación en atención pre hospitalaria Técnico en esterilización
Educador Sanitario Técnico en farmacia
Enfermero Técnico en fonoaudiología
Farmacéutico Técnico en hemoterapia
Fonoaudiólogo Técnico en Medicina Nuclear
Genetista Técnico en minoridad y familia
Ingeniero biomédico Técnico en neurofisiología
Técnico en prótesis dental Técnico en obstetricia
Técnico en prótesis y órtesis Técnico en prácticas cardiológicas
Técnico en rehabilitación Técnico de la salud
Técnico nutricionista Tecnología alimentaria
Técnico óptico Terapista ocupacional
Técnico radiólogo Trabajador social
Transfusionista