Versión 45
Decreto 510/2023
- Resolución General 5439/2023
En función a lo establecido en el Decreto 510/2023, se establece un régimen especial de percepción, retención y/o autorretención para el ingreso de cotizaciones con destino a la seguridad social correspondiente a:
Las actividades habilitadas a fin de aplicar el beneficio son las siguientes:
- Aportes y Contribuciones con destino a los regímenes de Instituto Nacional Servicios Sociales Jubilados y Pensionados (INSSJP), Fondo Nacional Empleo (FNE), Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y Asignaciones Familiares (AAFF) correspondientes a los futbolistas; miembros de los cuerpos médicos, técnicos y auxiliares que atiendan a los planteles que practiquen fútbol profesional en cualquier categoría y demás personal dependiente; en todos los casos, de los clubes que intervengan en los torneos organizados por la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y/o la Liga Profesional de Futbol (LPF) en las divisiones: Primera División A de Fútbol Femenino y en las Masculinas de: Primera División, Primera “B” Nacional, Primera “B” Metropolitana, Primera “C” y Torneo Federal “A”, incluso si están afectados a los establecimientos educativos pertenecientes a dichas entidades, en todos sus niveles.
- Contribuciones patronales con destino a los regímenes de INSSJP, FNE, SIPA y AAFF correspondientes al personal dependiente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA).
A los fines de exposición del formulario F.931, a partir del período noviembre 2023, los cálculos de aportes y contribuciones, según corresponda, se mostrarán diferenciados, en razón del Fondo Solidario de Redistribución (FSR), de la siguiente manera:
- Aportes FSR y Aportes No FSR
- Contribuciones FSR y Contribuciones No FSR
Esa distinción obedece a que el subsistema “FSR” no se encuentra alcanzado por el régimen especial y consecuentemente los aportes y contribuciones respectivos deben ser cancelados por el empleador mediante la generación de un VEP.
Para mayor información, visitar la guía informativa de este régimen.