Versión 44.3 - actualización
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Este Decreto amplía -a empleadores y empleadoras pertenecientes a los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud-, el periodo de eximición del pago de las contribuciones patronales previstas en el Decreto 34/2021 (artículo 19 de la Ley N° 27.541) y prorrogado por los Decretos 242/2021 y 903/2021, que se destinen al SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA).
La vigencia de este beneficio se extiende hasta el periodo devengado agosto de 2022.
Las actividades habilitadas a fin de aplicar el beneficio son las siguientes:
Código Descripción 125 Actividades no clasificadas-Detracción Ampliada - Dcto. 688/2019 - Dcto. 34/2021 - Dcto 242/2021 126 Ley Nº 15223 con obra social-Detracción Ampliada - Dcto. 688/2019 - Dcto. 34/2021 - Dcto 242/2021 127 Actividades no clasificadas - Sector Salud Dcto. 34/2021 - Dcto 242/2021 - Dcto 903/2021 - Dcto 359/2022 128 Ley Nº 15223 con obra social - Sector Salud Dcto. 34/2021 - Dcto 242/2021 - Dcto 903/2021 - Dcto 359/2022 134 Régimen nacional sin obra social nacional - Sector Salud Dcto. 34/2021 - Dcto 242/2021 - Dcto 903/2021 - Dcto 359/2022